Ley de la prohibición de plásticos
En virtud de poder lograr el objetivo del cuidado del medio ambiente, los gobiernos han implementado medidas especificas y en algunos casos, tenemos que pagar impuestos por no cumplir con estas disposiciones.
El jueves
1 de agosto entró en vigencia el Impuesto al consumo de bolsas de plástico en
el marco del cumplimiento de la Ley N°30884, también llamada ley de plásticos.
La
normativa, publicada el 19 de diciembre del 2018 luego de su mayoritaria
aprobación en el Congreso de la República, crea este impuesto con el objetivo
de desincentivar el uso de bolsas de plástico y contribuir a la conservación
del medio ambiente. En nuestro país se generan a diario alrededor de 23 mil toneladas
de residuos sólidos, de los cuales el 10% está compuesto por plásticos, y más
de la mitad de ellos no son reutilizables.
-¿Dónde
los cobrarán?-
La ley de
plásticos establece que este impuesto grava la adquisición -bajo cualquier
título- de bolsas de plástico cuya finalidad sea cargar o llevar bienes de
establecimientos comerciales o servicios.
Giorgio
Balza, gerente de Consultoría Tributaria de PwC, explica que aquí se incluyen
supermercados, tiendas retail, tiendas por conveniencia y todos aquellos
servicios que como parte de ello entreguen bolsas a los consumidores.
Como la
adquisición de las bolsas está gravada bajo cualquier título, que puede ser
honeroso o gratuito, “si el establecimiento indica que el costo lo asumirán
ellos, también se origina la obligación tributaria, ¿cuál es la diferencia?,
que el consumidor no pagará el impuesto, pero lo tendrá que asumir la empresa.
El criterio es, si eres contribuyente del Impuesto General a las Ventas
(I.G.V.), y entregas bolsas como parte de la venta de bienes o parte de los
servicios que prestas, entonces pagas el selectivo al consumo”, explicó Balza.
-¿Cuánto
se debe pagar por el impuesto?-
El monto
del impuesto al consumo de las bolsas de plástico es gradual y se aplicará por
la adquisición de cada bolsa. La ley de plásticos establece también un
cronograma: S/ 0,10 en el 2019; S/ 0,20 en el 2020; S/ 0,30 en el 2021; S/ 0,40
en el 2022 y S/ 0,50 en el 2023 y años subsiguientes.
La
cantidad de bolsas entregadas y el cobro total del impuesto es consignado en el
comprobante de pago – este no es parte de la base imponible del I.G.V.-. Por
otro lado, el impuesto será cobrado por la persona natural o jurídica sujeta al
I.G.V. que transfiera las bolsas al momento de emitir el comprobante, quienes
también serán los agentes de percepción del impuesto de bolsas. Ellos deberán
declarar y pagar el mismo, mensualmente, a la Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria (Sunat).
-¿Cuánto
se debe pagar en total por la adquisición de bolsas?-
Por
ejemplo, si uno adquiere tres productos en un establecimiento y este entrega
cada uno en una bolsa, el negocio tiene la obligación de cobrar el monto de la
bolsa, según indica la ley. Adicionalmente, gravará al consumidor con los
S/0,10 del impuesto. Es decir, en el comprobante de pago se observará: los tres
productos comprados, el valor de las tres bolsas y los S/0,30 por el impuesto
de cada bolsa vendida debido a que el establecimiento es contribuyente del
impuesto y como agente de percepción.
-¿Cómo se
establece el valor de la bolsa?-
Si al
establecimiento la bolsa la vende a S/0,20, entonces en el comprobante de pago
le pondrán al consumidor los S/0,20. Siguiendo el ejemplo anterior, el
consumidor pagará entonces por las tres bolsas (S/0,60) y, aparte, como
impuesto selectivo al consumo, S/0,30 (S/0,10 por cada bolsa). En total,
S/0,90.
“A quien
busca gravar el impuesto es al consumidor que ha ido a comprar. Quien va a ser
el contribuyente, el que está obligado a pagar a Sunat, va a ser el
establecimiento, que a la vez es el agente de percepción. La normativa también
aplica a las personas jurídicas”, explicó Balza.
-¿Quiénes
deben pagar?-
El
impuesto al consumo de bolsas de plástico deberá ser pagado tanto por personas
naturales como jurídicas. La obligación tributaria del impuesto se origina en
el momento de la adquisición de las bolsas de plástico.
-¿Quiénes
administrarán el ingreso por el pago de bolsas?-
El
impuesto al consumo de las bolsas de plástico constituye un ingreso del tesoro
público y su administración le corresponde a la SUNAT. Aquí solo se recaudarán
los S/0,10 por cada bolsa comprada por el consumidor.
-¿Cómo
sería el cobro del impuesto en las bodegas o panaderías?-
Giorgio
Balza opina que una traba para el cobro del impuesto al consumo de bolsas
plásticas podría originarse en algunos establecimientos. “El problema viene ahí
porque la informalidad va a ser grande. Entonces, si no emito comprobantes de
pago, tampoco Sunat tiene cómo enterarse que yo entrego bolsas. Así tampoco te
cobro el valor de la bolsa, que es lo que establece la ley con fines medio
ambientales, y por un fin fiscal tampoco van a poder cobrar el impuesto”, dijo
a El Comercio.
“El que
es informal te va a seguir cobrando siempre lo mismo porque el problema es que
si yo voy al productor de bolsas y le compro la bolsa, esa operación no tiene
selectivo al consumo. El selectivo siempre está orientado a desincentivar
conductas. Pero aquí no lo estás logrando. El que quiere comprar la bolsa, lo
hará. El productor también seguirá produciendo. El impuesto solo agarrará la
última cadena del formal”, agregó.
Como se
mencionó, debido a que el impuesto será cobrado por la persona natural o
jurídica sujeta al I.G.V., el cobro no se hará en pequeñas bodegas o mercados
de abastos que están bajo el Régimen Único Simplificado (RUS). Sin embargo, sí
lo deberán pagar aquellas bodegas o mercados que facturan más de S/ 5.000
mensuales (RUS) y están obligados a tributar en el Régimen Mype Tributario o en
el régimen general del Impuesto a la Renta.
El
Ministerio de Ambiente (Minam) explicó que el impuesto al consumo de las bolsas
de plástico contribuirá en la disminución de un 30% del consumo de estas, en
base a evidencias de experiencias similares en otros países de la región.
-¿Qué
bolsas van a ser cobradas?-
De
acuerdo con el Minam, el impuesto no se aplicará para bolsas biodegradables.
Sin embargo, Balza opina que en el caso del impuesto no se ha hecho una
referencia específica al tipo de bolsas gravadas. “El artículo que regula el
impuesto solo hace referencia a bolsas plásticas. A la norma aún le falta el
reglamento. Pero, sin perjuicio de que salga el reglamento, la parte del
impuesto se puede aplicar porque la norma no ha supeditado la existencia de un
reglamento para la aplicación del impuesto. Si en el reglamento definen qué es
bolsa de plástico para efectos de tributo sí se entenderá”, dijo.
-Reemplazo
de bolsas poliméricas-
De
acuerdo con la normativa, los supermercados tienen plazo hasta diciembre del
2021 (36 meses después de entrada en vigencia la ley de plásticos) para
reemplazar de manera progresiva la entrega de bolsas de base polimérica no
reutilizable, por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen
contaminación por microplástico o sustancias peligrosas y que aseguren su
valorización.
Asimismo,
el Minam realizará acciones de educación, sensibilización, promoción de
investigación, tecnología u otras relacionadas al consumo y/o producción
sostenible del plástico y proyectos orientados a mitigar el impacto negativo en
el ambiente y la contaminación producida por el plástico. El reglamento
definirá la periodicidad, medios de información y demás mecanismos para la
aplicación de esta norma.
-Trabajo
del reglamento-
La
ministra del Ambiente, Lucía Ruiz, dijo en mayo que el Reglamento de la ley de
plásticos será el resultado del diálogo entre el Estado, la ciudadanía y las
empresas privadas comprometidas con la conservación ambiental.
La
ministra fue enfática en afirmar que esta ley debe verse como una oportunidad
para generar estilos de vidas más sostenibles, reduciendo el consumo de
plástico de un solo uso. En esa línea, refirió que la citada norma “abre la
oportunidad de la innovación, de la mejora tecnológica” y nuevas oportunidades
de producción con diversas especies de nuestra biodiversidad.

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